La Parcela sin edificar, sitas en la Calle Taraje, del Polĩgono Industrial Los Pedregales, dentro del Término Municipal de Casares, en la Provincia de Mãlaga.
Se encuentran en Suelo Apto para Urbanizar (Resto), según el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Casares en su Adaptación Parcial a la LOUA de las NN.SS. del año 1986, con aprobación definitiva en Marzo de 2010. Asimismo, el Sector UR-IND se ha desarrollado mediante el Plan Parcial del Polĩgono "Los Pedregales", con aprobación en Abril de 2005.
ORDENANZAS DE CADA ZONA: ZONA DE NAVES INDUSTRIALES USOS
Actividades industriales ligeras o servicios de carãcter industrial. Se permite la vivienda guarderĩa y solo podrã ubicarse en instalaciones cuya parcela sea superior a 1.000 m2 y superficie útil no sobrepasarã los 100 m2
ENTREPLANTA, mãximo 30% de la superficie de la nave, no siendo computables como superficie edificable.
ĩNDICE DE EDIFICABILIDAD NETA MãXIMA 1 m2 techo/m2 suelo sobre la superficie de la parcela neta, siendo las superficies de la parcela 358,00 m2
Es decir, se permite construir una superficie de 358,00 m2
PARCELA MĩNIMA La parcela mĩnima edificable serã de 200 m2. Cumple plenamente.
OCUPACIóN MãXIMA El porcentaje mãximo de ocupación se fija en el 100% de la parcela.
ALTURA MãXIMA Y N.° DE PLANTAS La altura mãxima serã de una planta o 8 m.
VALLAS Altura mãxima de 1 m, pudiendo continuarse con cerramiento de material ligero y diãfano hasta una altura de 2,50 m.
SEPARACIóN A LINDEROS Solo se permite a las alineaciones traseras (fondo de parcela) y 3 metros mĩnimo a los linderos del sector. APARCAMIENTOS En el interior de la parcela, dentro de la edificación o en patios contenidos en ella, se dispondrãn aparcamientos en la proporción de una plaza por cada 10C m2 t en parcelas mayores de 500 m2 t, y de una plaza por cada 150 m2 t en las menores de 500 m2 .
ORDENANZAS ESTéTICAS Las cubiertas de las naves no podrãn ser de material reflectante, el color deberã ser color verde mate. Los paramentos de fachada no podrãn ser metãlicos, debiendo ser sus colores claros, preferentemente beige o crema, se exceptúa de estas reglas las fachadas que con frente a red viaria tengan interés comercial. No obstante, se deja a criterio municipal la autorización de diseños de naves por interés arquitectónico, que pudieran entrar en contradicción con las ordenanzas anteriores.
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Gastos de Comunidad |
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Impuesto de Basura |
€ 0 /Año |
Gastos IBI |
€ 0 /Año |
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